SE CONFIRMA EL RECONOCIMIENTO DE PENSIÓN POR CONVIVENCIA EN APARENTE MATRIMONIO

La Cámara Federal de La Plata confirmó la sentencia que reconoció a la actora el derecho a percibir la pensión derivada del fallecimiento de su conviviente.

El tribunal recordó que la CSJN ha establecido que el tiempo de convivencia debe analizarse con una visión flexible y pro homine, atendiendo a la realidad social y familiar.
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